Por las razones expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, formulada por los ciudadanos, ORLANDO JOSE MARCANO MAZA y VAZEZA DE JESUS PIRELA GUZMAN, anteriormente identificados en autos; y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los Ciudadanos,; ORLANDO JOSE MARCANO MAZA y VAZEZA DE JESUS PIRELA GUZMAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de Identidad Nros V-10.209.251 y V-11.004.515 respectivamente, en fecha Dos de Diciembre de Mil Novecientos Noventa y Cuatro (02 -12-1994), por ante el Registro Civil del Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, quedando anotado en el Acta N° 269, Folios 305 al 307 de los libros llevados por ese Despacho para el año 1994.
Publíquese, Regístrese y déjese Copia Certificada de la presente decisión.-
Dada, firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Anaco .....