Éste Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, pasa de seguidas a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Acordó CONCEDER al imputado OMAR ALEJANDRO SANCHEZ MUÑOZ venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 24.469.267, natural de ZARAZA, Estado Guarico, nacido en fecha 21/09/1990, de 26 años de edad, de estado civil soltero de profesión u oficio obrero, hijo de MARILUZ DEL VALLE MIÑOZ LEDEZMA y OMAR SANCHEZ(AMBOS VIVOS) Y residenciado en: CALLE GASTOR, SECTOR LAS TORRES, CASA S/N, SAN MATEO, BARCELONA ESTADO ANZOATEGUI, las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad, establecidas en el Articulo 242 Ordinales 3 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal, la cual consiste en: 1°) Presentación periódica cada treinta (30) días, por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. 2) La prohibición de acercarse y comunicarse con las victimas. SEGUNDO: Librar boleta.....