Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD del ciudadano: EDUARDO RAFAEL FLAMEZ, Venezolano, Natural de Valle Guanare, Estado Anzoátegui, titular de la Cédula de Identidad N° 13.369.295, nacido en fecha 10-03-1977, de 30 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio: Soltero, hijo de: Emilio Alcon (d) e HILDA FLAMEZ (V), residenciado en: CALLE N° 06, CASA N° 13, SECTOR 1, BARRIO LA PONDEROSA, BARCELONA, ESTADO ANZOATEGUI; por aplicación de Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 256, ordinales 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal, en relación al artículo 87, ordinales 3°, 5°, 6° y 11° de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el procedimiento a seguir el especial,.....