De la Decisión: Por todo lo antes expresado es por lo que el Tribunal de Municipio Simón Rodríguez en Función Control Penal Sección Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui El Tigre, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR, la solicitud fiscal y en consecuencia DESESTIMA LA PRESENTE AVERIGUACION, seguida en contra del adolescente: OMITIDO, por la comisión de los delitos de de los Delitos de Daños a la propiedad Privada y Amenazas, previsto el primero de estos en el encabezamiento del artículo 475 del código Penal Venezolano, y el segundo en el segundo aparte del artículo 176 Ejusdem, en perjuicio DEL EDGAR DE JESÚS TORNELL LOPEZ; todo ello de acuerdo a lo establecido en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal.-