Con vista de las consideraciones anteriores, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial de Estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: 1) La Confesión de la demandada derivada de la no contestación a la demanda conforme a lo previsto en el articulo 135 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y 2) PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA por cobro de diferencias de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoados por los ciudadanos LUIS CARLOS MALAVE, NERIO JOSE HENRIQUEZ, EULOGIO NORIEGA Y LUIS COVA, en contra de la empresa INVERSIONES OCANA, C.A. ( operadora de los establecimientos Hotel Anaco Suites y Tasca Restaurante La Sevillana), con sede en la ciudad de Anaco.