Por todas las consideraciones que anteceden, este Tribunal Primero Superior Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte codemandada SECOGOCA contra la sentencia dictada por el suprimido Juzgado de Primera Instancia del Trabajo y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 06 de diciembre de 2000. 2) Se REVOCA la referida sentencia. 3) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda ejercida contra las empresas SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES GONZÁLEZ, C.A. (SECOGOCA) y PETRÓLEOS DE VENEZUELA, S.A. (PDVSA), en los términos expuestos.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.