el Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho Desistimiento, en los términos y condiciones en que fue suscrito por ellos de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del código de procedimiento Civil, en consecuencia, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Cúmplase lo ordenado.-
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
Dr. JOSE JESUS RAMIREZ GARCIA.-
La Secretaria Acc,
Dra. JORGYMAR PUMAR DE PINEDA.-
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede. Conste.-
La Secretaria Acc.-