Se decidió Con lugar la solicitud presentada por la ABG. EDGAR BURIEL, en su carácter de Defensor Privado del imputado de autos; en consecuencia, se sustituye la Medida Cautelar con Caución Personal decretada por éste Tribunal en fecha 14-07-2017, por Medidas Cautelares con Caución Juratoria, a favor del imputado YESMIN YESENIA CALMA LOPEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.431.393, por la presunta comisión del delito de TRATO CRUEL, previsto y sancionado en el artículo 254 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; todo de conformidad con los artículos 250, 242, ordinal 3; así como los artículos 245 y 246, todos del Código Orgánico Procesal Penal