Se dictó y publicó sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva Nro. 02, en el presente asunto mediante la cual se declara la Perención de la Instancia de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, numeral 1, aplicado supletoriamente de conformidad con lo establecido en el artículo 332 del Código Orgánico Tributario.