Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en sede Constitucional, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, correspondiente a la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL, presentada, por el ciudadano SIMON JESUS ARMAS MARQUINA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nro. 5.302.431, en su carácter de apoderado de la Sociedad Mercantil PARCELAMIENTO FILA, C.A, domiciliada en Caracas, inscrita originalmente bajo la denominación o razón social CONSTRUCTURA 5.000, C.A, por ante el Registro mercantil de la Circunscripción Judicial de Distrito federal y estado Miranda, de fecha 26-08-1985, bajo el Nª 76, Tomo 45-A Sgdo, modificada su denominación social, según consta de asam.....