Por las consideraciones que anteceden, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara La Conversión en DIVORCIO de la separación de Cuerpos, convenida entre los cónyuges, ciudadanos WILMER JOSE RAMIREZ SUAREZ y DANIELA BEATRIZ PEREZ PRIETO, identificados en autos y declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre ellos, según Acta de Matrimonio No. 110, inserta en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ante la Jefatura de Registro Civil del Municipio Turístico el Morro Lic Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui, la cual fue acompañada en autos en copias certificada y así se decide.-
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario .....