Por los anteriores razonamientos este Tribunal administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, formulada por el ciudadano FRANCO ALERIO DI SALVO, ya identificados de autos, y en consecuencia se ORDENA estampar la correspondiente Nota Marginal, en el sentido de indicar el lugar de nacimiento del solicitante como la población de Cantaura, Municipio Pedro María Freites del Estado Anzoátegui, y no como erróneamente aparece asentada en la ciudad de Anaco del Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, igualmente se acuerda remitir Copia Certificada de la presente decisión a la Dirección de Registro Civil del Alcaldía de Municipio Anaco del Estado Anzoátegui y al Registro Civil del Estado Anzoátegui, a fin de que extienda la correspondiente nota marginal en la Partida de Nacimiento llevada por Dirección de Registro Civil de la Alcaldía de Municipio Anaco del .....