Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, declara CON LUGAR la demanda de Divorcio, incoada por la ciudadana MARIA FERNANDA BASCONES de KLINDT, en contra del ciudadano WILHELM MORITZ KLINDT CONVIT, ambos plenamente identificados en autos, por consiguiente disuelve el vínculo matrimonial contraído entre ellos, en fecha 25 de Agosto de 1999, por ante la Prefectura del Municipio Autónomo Baruta del Estado Miranda, según consta de Acta de Matrimonio Nº 425, llevado por ese despacho durante el año 1999; y así se decide.-