En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Ejecución Nº 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA al penado: EDDY EFREN PRIN, venezolano, natural de Ocumare del Tuy, Estado Miranda, en donde nació en fecha 26-05-1.979, titular de la cedula de identidad Nº 15.474.774, obrero, residenciado en la calle Portugal Arriba, Avenida Raúl Leoni, casa Nº 4-47, calle Nº 04, Sector Cruz de Píritu, como medida alternativa de cumplimiento de pena, el beneficio de REGIMEN ABIERTO, de acuerdo al contenido de los artículos 26 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 501 del Código Orgánico Procesal Penal Y ARTICULO 66 de la Ley de Régimen Penitenciario.
Notifíquese a la parte Fiscal, a la Defensa del citado penado, a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de esta ciudad y .....