DECISIÓN
Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Manuel Ezequiel Bruzual y Francisco del Carmen Carvajal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la pretensión del demandante en el presente juicio por Cobro de Bolívares intentado por el ciudadano Abogado José Gregorio Porras, e inscrito en el IPSA bajo el Nº. 63.669, titular de la cedula de identidad Nº. 8.274.948, con domicilio en Clarines, como endosarío en procuración del demandante Gustavo Emilio Alcalá, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº. 1.418.851 domiciliado en Clarines, en contra de los demandados CARMEN VILLANERA titular de la Cedula de Identidad Nº 14.364.747, garantizada con aval por MANUEL MONGUA titular de la Cedula de Identidad Nº. 13.565.134, domiciliados en la Calle Principal 23 de enero, .....