DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado PRIMERO DE Primera Instancia en funciones de Control Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoategui, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA SIN LUGAR LA ORDEN DE APREHENSION presentada por la Fiscal 24º del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en contra del Ciudadano ARGENIS CAMPOS de 34 años de edad, con cedula de identidad Nº 14.615.629, quien tiene la misma dirección de la victima es decir residenciada en Naricual Sector José Antonio Anzoátegui, casa Nº 1, calle principal, en virtud de no encontrarse llenos los extremos exigidos en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal; en concordancia con lo dispuesto en el artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; en consecuencia se acuerda remitir las actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Publico a los fines pertinentes.
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