SE DECLARA CON LUGAR, la solicitud de divorcio fundamentada en el articulo 185-A del Código Civil Venezolano Vigente , formulada por los ciudadanos VICENTE LUIS TORRES y MARGARITA CARVAJAL DURAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-11.001.186, V- 24.492.825, respectivamente, de este domicilio. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo del matrimonio civil.