Por los razonamientos antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: Con Lugar la Revisión de Medida solicitada por el Dr. MIGUEL SALDIVIA ACOSTA, en su condición de Defensor de Confianza del imputado LUIS ALBERTO MAITA ALEMAN, titular de la Cédula de Identidad N° 15.677.534, quien se encuentra Privado de Libertad por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el Articulo 458 en relación con el Articulo 83 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano NINO ALFANO VERDES; de igual manera se le impone como Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad, las establecidas en el Articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, en su ordinal 3° y 4° que consiste en una presentación periódica cada Ocho (08) días por ante la Oficina de Alguacilazgo y la prohibición de sal.....