Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero en funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, a favor de los ciudadanos: FERNANDO RAMÓN ROJAS MARTÍNEZ, venezolano, cédula de identidad 20.013.331, natural de Aragua de Barcelona-Anzoátegui, nacido en fecha: 18-10-84, de 23 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio chofer, hijo de los ciudadanos: CRISTÓBAL ANTONIO ROJAS y IBANIA MARTÍNEZ DE ROJAS, domiciliado en ARAGUA DE BARCELONA, SECTOR EL TANQUE DE AGUA, ANZOATEGUI, de conformidad con lo establecido en el Articulo 256 Ordinales 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal, y DIEGO ALBERTO GUILLEN RONDON venezolano, cédula de identidad 19.983.498, natural de Aragua De Barcelona-Anzoátegui, nacido en fecha: 18-11-87, de 20 años de edad, de estado civil soltero, profesión u ofic.....