Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL DEL MUNICIPIO SAN JOSÉ DE GUANIPA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, formulada por los ciudadanos MARIA FATIMA MARQUEZ MAITA Y NELSON JOSE AZOCAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad No. V-16.077.584 y V-12.155.214, respectivamente, y en consecuencia declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, celebrado en fecha 11/03/2011, por ante el Registro Civil del Municipio Guanipa, Estado Anzoátegui, asentado bajo el No. 65, del Libro Principal No. 1, folios Nros. 129 y 130, del Registro Civil de Matrimonios llevados por ante ese Despacho durante el año 2002. Y así se decide.-