Declara que en la demanda   por  DAÑOS   Y   PERJUICIOS   PROVENIENTES   DE   ACCIDENTES   DE TRANSITO, interpuesta por la sociedad mercantil COMERCIALIZADORA DE PINTURAS Y FERRETERIAS COPIFCA, C.A,  a través de su Apoderado judicial abogado FEDERMAN GARCIA,  Venezolano,  mayor de edad, titular de la cedula de  identidad   No.  6.931.042,  contra  el  Ciudadano:   ALVARO  JOSE LEZAMA FARIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 13.546.601, en su carácter de conductor del vehículo  y  contra  la   sociedad  mercantil   SERVICIOS   Y   TRANSPORTE INPROFESA, S.A., en su condición de propietaria del vehículo;  conforme  lo  establece  los  artículos 150 de la ley de transito terrestre y 859 ordinal 3 del CPC ha operado la perención de la Instancia.