Declara que en la demanda por DAÑOS Y PERJUICIOS PROVENIENTES DE ACCIDENTES DE TRANSITO, interpuesta por la sociedad mercantil COMERCIALIZADORA DE PINTURAS Y FERRETERIAS COPIFCA, C.A, a través de su Apoderado judicial abogado FEDERMAN GARCIA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 6.931.042, contra el Ciudadano: ALVARO JOSE LEZAMA FARIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 13.546.601, en su carácter de conductor del vehículo y contra la sociedad mercantil SERVICIOS Y TRANSPORTE INPROFESA, S.A., en su condición de propietaria del vehículo; conforme lo establece los artículos 150 de la ley de transito terrestre y 859 ordinal 3 del CPC ha operado la perención de la Instancia.