Éste Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decidió: PRIMERO: Se declara Con Lugar la solicitud presentada por el ciudadano PEDRO FELIPE PEREZ PEREZ, titular del cedula de identidad V-3.688.705, en consecuencia, se acuerda la ENTREGA PLENA DEL VEHÍCULO Y LA TITULARIDAD DEL MISMO, con las siguientes características: CLASE CAMIONETA TIPO PICK-UPF-F-150; MODELO 150/F-150, MARCA FORD, SERIAL DE CARROSERIA 1FTPW14518FA21019, SERIAL DE MOTOR 8FA21019; AÑO 2008, PLACA: A08CN4G; COLOR AZUL, de conformidad con el Artículo 293 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Devuélvanse los documentos originales a la solicitante, debiéndose certificar por secretaría las copias respectivas y corregir la foliatura del expediente. TERCERO: Líbrese oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, a los fi.....