Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, sociedad mercantil Agropecuaria El Prado, C.A., en consecuencia declarada CON LUGAR la pretensión de Ejecución de Hipoteca, interpuesta por Banco Venezuela, S.A.C.A., Banco Universal, contra la Sociedad Mercantil Agropecuaria El Prado, C.A., identificada supra, en su condición de deudora principal y representada por su Presidente ciudadano Ángel Rafael González Acosta; en consecuencia, se condena a la parte demandada a:
PRIMERO: A cancelar a la parte demandante, la cantidad de quinientos doce mil bolívares (Bs. 512.000,ºº), por concepto de capital del préstamo;
SEGUNDO: A cancelar a la parte demandante, la cantidad de noventa y dos mil doscientos cincuenta y nueve bolívares con cin.....