DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano Vigente ,formulada por los ciudadanos JOSE FRANCISCO RODRIGUEZ SALAVERRIA e HILDA LUISA FIGUEROA VEGAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 10.297.578 y 7.110.129, respectivamente,. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo del matrimonio civil contraído por los precedentemente mencionados ciudadanos, en fecha 16 de septiembre de 1998, por ante el Registro Civil de la Parroquia Pozuelo del Municipio Juan Antonio Sotillo del estado Anzoátegui, conforme consta de copia certificada de Acta de Matr.....