En mérito de las consideraciones anteriores, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la demanda por cobro de horas extraordinarias y sábados y domingos laborados, incoada por el ciudadano RIGOBERTO LEON, en contra de las empresas PRIDE DRILLING DE VENEZUELA, C.A. hoy PRIDE INTERNATIONAL, C.A,; CONSORCIO PEREZ COMPANC, S.A,. Y PDVSA PETROLEO Y GAS, S.A.