DECISION
Por las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 3º del literal d) de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, declara INADMISIBLE la demanda por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, interpuesta por los ciudadanos ROSALÍA GÓMEZ DE MARÍN Y ELEAZAR MARÍN PATIÑO, venezolanos, casados, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números 3.956.417 y 2.922.220, respectivamente, a través de sus apoderados judiciales Claudio Frisoli Moussawer y Ana Patricia Maza Fariñas, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº. 4.494.937 y 14.076.396, ab.....