este Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA SECUESTRADO un inmueble constituido en una (1) casa ubicada Urbanización Boyacá V, vereda 28, Nº 06, Sector 07 de la ciudad de Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui. Y así se declara. Seguidamente la Juez Segundo Ejecutor de Medidas, declarado el secuestro del inmueble objeto de esta medida, lo pone en posesión de la ciudadana REINA CATAMO, ya identificada, en la persona de su Apoderada Judicial Abg. JUDITH RIVERO MOY, antes identificada, libre de bienes muebles, personas y cosas para su guarda y custodia como un buen padre de familia hasta tanto el Tribunal de la causa decida lo conducente. En este estado interviene la Apoderada Judicial de la parte actora, Abg. JUDITH RIVERO MOY, y expone: Recibo y tomo posesión d.....