Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Medida de Protección COLOCACIÓN FAMILIAR DEFINITIVA, a favor del niño (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) hijo biológico de los ciudadanos HUMBERTO RAFAEL MARTINEZ CORDOVA (fallecido) y MARLYNS JOSEFINA RAMIREZ RONDON, interpuesta por los ciudadanos: MANUEL CELESTINO RAMIREZ YAGUARACUTO y LUISA TIVISAY RONDON DE RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidades Nro. V-8.270.863 y V-8.276.774, domiciliados en la calle 02, casa Nº 117, sector 1, Cruz Verde, en la Ciudad de Barcelo.....