Por lo antes indicado, este Tribunal de Primera instancia en función de Control Juicio, del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO : DECLARAR EN REBELDIA A IDENTIDAD OMITIDA, SEGUNDO: Se ORDENA la ubicación Inmediata del Adolescente, comisionándose a tales efectos a la Policía Municipal del Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, al Instituto Autónomo de Policía Zona Policial N° 02 del Estado Anzoátegui, al Cuerpo de Investigaciones Cientificas Pewnalses y Criminalisticas Subdelegacion Puerto La Cruz, de este Estado Anzoátegui, y una vez ubicado se informe inmediatamente a este tribunal y en consecuencia LA SUSPENSIÒN del presente asunto hasta la ubicación del prenombrado ciudadano .Líbrese oficio, Notifíquese a las Partes.. Cúmplase.