Por las consideraciones antes explanadas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA a favor del ciudadano JESÚS DEL VALLE PARADO SANTOYO, portadora de la Cédula de Identidad V-8.242.038, extensiva a su núcleo familiar , las siguientes medidas de protección, de conformidad con lo establecido en los artículos 24 y 31 de la Ley de Protección de Victimas, Testigos y demás sujetos Procesales.
PRIMERO: Oficiar al Director Presidente de la Brigada Especial de Protección a Victima y Testigos del Instituto Autónomo de Policía del Estado Anzoátegui, para que se sirva tomar las debidas previsiones a fin de brindar protección al ciudadano JESÚS DEL VALLE PARADO SANTOYO, portador de la Cédula de Identidad V-8.242.038 extensiva a su núcleo familiar.
SEGUNDO: La custodia policial será por un la.....