Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: PRIMERO: Se declara Sin Lugar la demanda de Custodia, incoada por el ciudadano LUIS ENRIQUE REYES GUARACHE, en contra de la ciudadana REBECA CAROLINA BRITO y en consecuencia la Custodia de la niña (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , seguirá siendo ejercida por su madre ciudadana REBECA CAROLINA BRITO, tomando en consideración lo contemplado en el artículo 360 de la Ley Orgánica Para la protección de Niños, Niñas y Adolescente que establece que los niños de siete años o menos deben permanecer preferiblemente con la madre y en el caso que nos ocupa la niña cuenta con tan solo tres (03) años de ed.....