Éste Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución Nro. 01, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Conforme al artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, se Ejecuta la Sentencia dictada en fecha 01-11-2.007, por el Juzgado de Juicio Nro. 03 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual ABSOLVIO al ciudadano ALCIDES JESUS SANTANA CASTILLO, titular de la cédula de identidad Nro. 15.878.409, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido el 11-01-1.982, de 25 años de edad, estado civil soltero, Oficio Ayudante de Latonería, hijo de Alcides Santana y Mildred Castillo, residenciado en el Barrio Valle Lindo, Calle Principal, Casa Nro. 31, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, por la comisión del delito PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal, cometido en perjuicio Orden Público; haciend.....