"...este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA ENTREGA MATERIAL del bien inmueble antes identificado, con motivo de la comisión conferida a este Tribunal por el Juzgado Tercero De Primera Instancia En Lo Civil, Mercantil, Agrario Y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Y así se declara. Acto seguido este Tribunal procede a hacer entrega física real y efectiva, libre de personas y bienes pertenecientes a la parte demandada, el inmueble objeto de la medida a la ciudadana ANA ARSENIA FORNERINO DE MOLEIRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.184.202. Es este estado interviene la solicitante ANA ARSENIA FORNERINO DE MOLEIRO, ya identificada y expone: "Recibo y tomo posesión en este acto del inmueble antes identificado .....