Por los razonamientos antes expuesto este tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: LA SUSTITUCIÓN DE LA MEDIDA DE PRIVACION DE LIBERTAD IMPUESTA al joven IDENTIDAD OMITIDA, que le fuera impuesta en fecha en fecha 13 de Marzo del año 2003, por el Tribunal de Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial Del Estado Anzoátegui en función de Control, Sección de Adolescentes Extensión El Tigre; por encontrarlo responsable de la comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, tipificado en el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos, en relación con el articulo 6 ordinales 1,2 y 3, ejusdem; cometido en perjuicio del ciudadano JOEL ANTONIO GUTIERREZ, por la medida de LIBERTAD ASISTIDA, POR EL PLAZO DE once (11) MESES, TRECE (13) DIAS en consecuencia se orden.....