Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: INADMISIBLE la Demanda relativa al juicio por ACCION REIVINDICATORIA propuesta por el ciudadano JOSE GREGORIO SABINO UGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nº 8.339.434, en contra de ciudadano JOSE GREGORIO FERRER SARRAMEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.302.319. Así se decide.