´Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta de conformidad con el artículo 646 del Código de Procedimiento Civil Venezolano:
PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, sobre bienes muebles propiedad de la parte demandada el ciudadano MIGUEL ANGEL ADRIAN HERNANANDEZ, de nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad N° V.-20.171.909, hasta cubrir la suma de VEINTITRES MIL QUINIENTOS VEINTISEIS DOLARES AMERICANOS CON CINCUENTA Y SEIS CENTAVOS DE DÓLAR (USD$ 23.562,56), si recayera sobre bienes muebles, más las costas procesales calculadas prudencialmente en un veinticinco por ciento (25%) de lo demandado para un total de VEINTISEIS MIL QUINIENTOS TRES DOLARES AMERICANOS CON TREINTA Y OCHO CENTAVOS DE DÓLAR (USD$ 26.503,38), y si el embargo recay.....