Por los consideraciones antes expuestas este Tribunal de Primera de Instancia en función de Control Nº 1 del Sistema Penal de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el petitorio de la DRA CARMEN IRAIDA RONDON actuando su carácter de Defensora Pública Tercera del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente de este Estado, y defensa de los derechos del imputado IDENTIDAD OMITIDA y en consecuencia ACUERDA convocar a una audiencia oral y reservada de PLAZO PRUDENCIAL, para el día 31 de MARZO DE 2009 A LAS DOS HORAS DE LA TARDE para que la Representante del Ministerio Público presente la conclusión de su investigación, en consecuencia líbrese las respectivas convocatorias. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 313 del Código .....