DECISIÓN:
Por las consideraciones antes expuestas este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA de COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES incoada por el ciudadano DILSO JOSÉ CARRASQUEL MORENO en contra de las sociedades mercantiles CONSTRUCTORA TERMINI, S.A. (COTERSA) y PDVSA, PETRÓLEO Y GAS, S.A., todos plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: Se ordena a las empresas accionadas cancelar al demandante, por concepto de diferencias de prestaciones sociales y otras indemnizaciones laborales, la globalizada suma de Bs. 1.058.840,75.
TERCERO: Siendo que la presente causa se inició bajo el imperio de la hoy derogada Ley Orgánica de Tribunales y de Procedimientos del Trabajo y que se dicta dentro del lapso establecido por el nume.....