En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN a la transacción celebrada en los términos y condiciones en que ha sido convenida por el ciudadano JESUS EDGARDO CAMPOS SEIJAS, a través de su coapoderada judicial, abogada Zoraida del Carmen Saracaba, antes identificados; y la entidad de trabajo CNPC SERVICES VENEZUELA LTD, S.A., a través de su coapoderada judicial abogada Sayuri Rodríguez, antes identificada; otorgándole a la misma LOS EFECTOS DE COSA JUZGADA. Y da por terminado el presente juicio.
Ahora bien, conforme al pago que las partes acordaron efectuarse relacionado en el escrito transaccional presentado, verificado por copia del instrumento cambiario, anexo en copia fotostática, por la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (BsF.100.000,oo) a favor del ciudadano JESUS EDGARDO CAMPOS SEIJAS, cuyo pago se efectuó conforme a lo acordado mediante emisión de c.....