Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia, Sección de Adolescentes, en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, DECRETA: La CESACION de la medida de REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de OCHO (08) MESES, consistente en: 1) OBLIGACION DE INCORPORARSE AL MERCADO LABORAL Y EDUCATIVO. 2) OBLIGACION RESPETAR LOS BIENES AJENOS, 3) PROHIBICION DE PORTAR ARMAS DE FUEGO, BLANCAS E INSIDIOSAS, impuesta al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, ya identificado, en sentencia de fecha 07 de Junio del año 2006, por el Tribunal de Primera de Instancia Unipersonal en función de Juicio, Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de ROBO SIMPLE EN GRADO DE COAUTOR previsto en los artículos 457 y 83 ambos del Código Penal Venezolano, vigente para el momento en que ocurrieron los hec.....