Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, a los ciudadanos: CARLOS EDUARDO GARCIA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-19.009.916, natural de Barcelona, donde nació en fecha 04/07/1989, de 18 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Estudiante, hijo de los ciudadanos CARLOS GARCIA Y MARIA TEREZA GARCIA, residenciado en Calle Principal, S/n°, Valle Lindo, Puerto La Cruz a una cuadra de la Gallera de valle Lindo, Estado Anzoátegui, JORGE LUIS DA SILVA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-21.721.016, natural de Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 20/10/88, de 18 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Estudiante hijo de los ciudadanos Jorge Da Silva y Luisa Gonz.....