Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio de Divorcio, incoado por el ciudadano Víctor Segundo Leal, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 9.711.197, en contra de la ciudadana Alionuska Ariza Rico, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-81.265.250 y de este domicilio. Así se decide.