Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano Vigente, formulada por los ciudadanos ILVIN ALBERTO GONZALEZ MARTINEZ y YENNI DEL VALLE LOPEZ SOLANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-11.537.834 y V-14.076.994, respectivamente, debidamente asistidos defensora Publica primera en Materia Integral MILAGRO SUCRE BECKER, Abogada, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 135.106. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo del matrimonial contraído por los mencionados ciudadanos , por ante el Registro Civil, del Municipio de G.....