DECISIÓN
En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos: ORLANDO RAMON CARDOZO y ESMERALDA JOSEFINA MACHADO, asistidos por la Abogada en ejercicio ESTHER CARABALLO, antes identificados, disolviéndose por consiguiente el Vínculo Matrimonial existente entre ellos, el cual fue contraído en la prefectura (hoy Registro Civil) de la Parroquia Pozuelos, Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, en fecha nueve (9) de Febrero de 1978, tal como se evidencia de acta de matrimonio Nº 34, Folio 34 y 35, Tomo I, .....