Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD en contra del imputado ANGEL FELIPE BERMUDEZ PERERA, de nacionalidad Venezolana, natural de Cumana, Estado Sucre, nacido en fecha 31-03-71, de 35 años de edad, de estado civil Casado, de profesión u oficio TSU en Ciencias Policiales, hijo de ANGEL FELIPE BERMUDEZ y ANTONIA EMILIA PEREDA, residenciado en la Urbanización Las Garzas, N° 5, Maturín, Estado Monagas y titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.469.865; por la presunta comisión del delito de PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD INDIVIDUAL, previsto y sancionado en el articulo 177 del Código Penal con las circunstancias agravantes establecidas en el articulo 77, ordinal 8° Ejusdem; todo conforme a lo establecido en los ordinales 3° y 4° del artículo 256 del Código Orgánico.....