Se dictó sentencia interlocutoria Nº 10, en la cual se admitieron parcialmente las pruebas presentada por las partes en el Recurso Conencioso Tributario interpuesto por los Abogados LEONARDO PALACIOS MARQUEZ, WESLEY BEJARANO LEE y PABLO ALEJANDRO GUZMAN, actuando en su carácter de Apoderados Judiciales de la contribuyente Sociedad Mercantil, "HERMANOS MEDICO, C.A.", contra el Acto Administrativo contenido en la Resolución Nro DA-008-RJ-2005, de fecha siete (07) de julio de 2005, la cual ratifica los reparos por concepto de Impuesto a las Actividades Económicas, e impone multas con sus respectivos Intereses moratorios, para los periodos comprendidos entre 01/05/1997 al 31/10/2001.