Vista la demanda que inmediatamente precede y revisados todos los recaudos, se ADMITE la misma cuanto ha lugar en derecho. Se acuerda de conformidad con el artículo 99 de la Ley de Estatuto de la Función Pública, emplazar al ciudadano Director de Protección Civil y Administración de Desastres Estadales del Estado Anzoátegui, a los fines de que comparezca ante este Tribunal, a dar contestación a la demanda intentada por el ciudadano: SIMÓN ROSAURO FIGUEROA MEJIAS, titular de la cédula de identidad Nº 8.319.748, representada por la Abogado LESLIE FIGUERA CUMANA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 81.285, dentro de los quince (15) días de despacho siguientes, contados a partir de que conste en autos las resultas de la citación aquí dispuesta. Igualmente, se ordena solicitarle el expediente administrativo relacionado con la presente causa, para que lo envíe dentro de los dos (2) días de despacho siguientes a dicha solicitud. Notifíquese de la admisión de la demanda, al Procurador Ge.....