Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación, interpuesto por la Abogada JULIA SFORZA, en su carácter de Defensora Pública Primera de Responsabilidad Penal del Adolescente, contra la decisión dictada en fecha 08 de Marzo de 2010, por el Tribunal de Control N° 01 Sección Adolescentes de este Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en la Audiencia Oral Preliminar; mediante la cual decretó la medida PRISION PREVENTIVA DE LIBERTAD, al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificado en autos, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto en el artículo 405 del código Penal, en perjuicio de ROSMERVY VALLENILLA RONDON. SEGUNDO: Se confirma en toda y cada una de sus partes la decisión impugnada, al no haberse dem.....