Se dictó sentencia en el presente asunto declarandose: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación intentado por la abogada JENNY JOSEFINA SILVEIRA DE ARAUJO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 106.310, en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil VENEZOLANA DE LIMPIEZAS INDUSTRIALES (VENELIN), C.A, SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la demanda por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentada por el ciudadano CARLOS ALBERTO NATERA PESTANA, titular de la cédula de identidad Nº V-1.307.340, contra la Sociedad VENEZOLANA DE LIMPIEZAS INDUSTRIALES (VENELIN) C.A. de conformidad con lo establecido en el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo dispuesto en el artículo 341 eiusdem. En consecuencia de la inadmisibilidad decretada se declara nulo el auto de admisión dictado por el juez a quo en fecha 21 de noviembre de 2013 y todas las actuaciones subsiguientes a dicho auto e inclusive la sentencia dictada en fecha 05 de noviembre de 2014.-