En consecuencia este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano IVEN JOSE GUZMAN, antes identificado.
Ofíciese a la Dirección de Custodia al Recluso del Ministerio del Interior y Justicia; a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores; a la Oficina de Servicio de Inteligencia Integrada Policial (SIIPOL) del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Caracas y Puerto La Cruz, a objeto de que se elimine las solicitudes de captura que pesen sobre el referido ciudadano y sea excluido de las pantallas de los Organismos Policiales, en relación a la presente causa.
Notifíquese al Fiscal de Ejecución de la Sentencia del Ministerio Público de este Estado. Dr. JOSE LUIS AZUAJE BENITEZ, a la Defensora Publica P.....